Los responsables de estos hechos son los antiguos miembros del Secretariado que están sometidos a la JEP: Rodrigo Londoño Echeverry, Pablo Catatumbo Victoria, Pastor Lisandro Alape Lascarro, Milton de Jesús Toncel, Juan Ermilo Cabrera (conocido con el alias de Bertulfo Álvarez, quien falleció este 27 de enero), Jaime Alberto Parra, Julián Gallo Cubillos y Rodrigo Granda Escobar. Según dio a concoer el Tribunal, "la responsabilidad individual varía según los cargos de mando asumidos durante el conflicto armado".
Igualmente la Sala de Reconocimiento también les imputó a los antiguos miembros del Secretariado otros crímenes de guerra relacionados con el trato a los secuestrados, como homicidio, tortura, tratos crueles, atentados a la dignidad personal, violencia sexual y desplazamiento forzado. De acuerdo con la JEP, estos crímenes de lesa humanidad tuvieron la intención de atacar "de manera sistemática y generalizada" a la población civil en las zonas en que ese grupo guerrilero hacía presecia.
La Sala estabeció que aunque existía la orden de dar un "buen trato", esta no se cumplía y se limitaba a mantener al secuestrado con vida, destacando los malos tratos como las largas caminatas en medio de la selva a las que eran sometidos, la mala alimentación y las ocasiones en que los secuestrads eran encadenados como castigo. Para describir este trato, la Sala recurrió a los detallados relatos de las víctimas y sobrevivientes de los hechos, donde dan cuenta de los vejámenes y malos tratos, para concluir que se cometieron además crímenes relativos a los malos tratos como torturas, tratos crueles e incluso casos de violencia sexual. La Sala resalta además la vulnerabilidad especial de niños y niñas, y de las mujeres, que estuvieron secuestradas y que vivieron el miedo y la desprotección de manera diferenciada, por la minoría de edad, y por ser mujeres. Así, la Jep estableció la responsabilidad de los iembros del antiguo secretariado del grupo guerrillero tanto por ordenar estos secuestros como por omitir el control a los malos tratos recibidos por parte de los captores, dejando esta decisión en manos de los comandantes o guardias de turno.
La decisión se tomó lego de contrastar los informes recibidos de las organizaciones sociales y de víctimas, así como los de entidades del Estado, las versiones de los comparecientes y las observaciones de las víctimas. "El Auto es producto de una rigurosa contrastación de fuentes realizada en tres etapas. En un primer momento, se contrastaron los informes entregados por la Fiscalía General de la Nación y por organizaciones de la sociedad civil. En un segundo momento, se dio traslado de estos informes a los comparecientes para que rindieran su versión. Y en un tercer momento se dio traslado de estas versiones a las víctimas acreditadas para que hicieran sus observaciones", explica el comunicado.
En el proceso, la JEP recibió y evaluó 17 informes, 38 versiones individuales y 8 versiones colectivas en las que participaron 257 comparecientes. Un total de 1.028 víctimas, de las 2.456 acreditadas, hicieron observaciones a las versiones. La Sala de Reconocimiento además incluyó en la contrastación la información aportada por la Fiscalía General de la Nación en 56 tomos de análisis y documentos incautados a la extinta guerrilla en diversas operaciones militares.
Ahora, los miembros del Secretariado de las extintas Farc tienen 30 días hábiles para reconocer su responsabilidad en estos hechos. De declararse culpables, serán merecedores de una sanción propia, que es una restricción de libertad no carcelaria que dura entre 5 y 8 años. La decisiónd e cómos erá dicha condena la tomará la Sección de Reconocimiento del Tribunal de Paz. En caso de no aceptar los delitos imputados, deberá ir a juicio, aunque si en ese proceso estas personas reconocen la responsabilidad de manera tardía, podría tener una sanción alternativa, es decir, una pena en la cárcel de entre 5 y 8 años. Finalmente, quien se declare inocente y sea vencido en juicio por las pruebas que recolecte la Unidad de Investigación y Acusación (UIA), que actúa como Fiscalía de la JEP, deberá pagar entre 8 y 20 años de cárcel.
En el procesod e investigación, la JEP se valió de seis bases de datos distintas, tres de la Fiscalía, una de FONDELIBERTAD, una de País Libre y una del Centro Nacional de Memoria Histórica. De esta manera 21.396 víctimas de secuestro fueron identificadas con nombre y cédula, 79% de las cuales corresponden a hombres y el 21% a mujeres. De los datos que reportan la edad de la víctima (55% de los datos), el 95% corresponden a mayores de edad y 5% eran niños, niñas o adolescentes, entre los cuales, el 47% eran niñas. El 23% de las víctimas tenía entre 35 a 44 años y el 19% tenían más de 55 años.
Un dato desgarrador en que al contrastar este listado con el listado de reportados como muertos y desaparecidos en el RUV (Registro Único de Víctimas), la Sala identificó que el 8,7% de las víctimas de secuestro fueron desaparecidas y el 2,9% asesinadas con entrega de cuerpo.
Los territorios más afectados por este delito, en términos per cápita, fueron los departamentos de la zona geográficas de la Orinoquía y la Amazonía, en particular los departamentos de Guaviare, Vaupés, Caquetá, Meta, Vichada, Arauca y Casanare, área de operación del extinto Bloque Oriental. Sin embargo, en términos numéricos absolutos, el departamento con más víctimas es Antioquia.
La Sala de Reconocimiento de la JEP, pr otra parte, puntualizó que debido a las dinámicas propias del conflicto, estas cifras están limitadas tanto por subregistros, es decir, casos que nunca aparecieron en las listas, como por sobreregistros (la atribución falsa de secuestros a las Farc). SIn embargo, la información recaudada bastó para establecer que los secuestros por parte de la extinta guerrilla fueron sistemáticos y masivos.
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