Vie, 09/28/2018 - 11:51
Foto tomada de internet.

¿Inmunidad o impunidad parlamentaria?

Durante algunos años esta imagen estuvo clavada en la memoria colectiva de los colombianos. Corría el año 1983 cuando Pablo Emilio Escobar Gaviria, impecablemente vestido, sonreía en su silla en el Congreso de Colombia. Ostentaba, por aquel entonces, el título de “honorable” a pesar de que las autoridades ya investigaban su pertenencia al crimen organizado.

Por esa época era imposible capturarlo por una figura de la ley que se llamaba “Inmunidad Parlamentaria”. Ilustres colombianos como Guillermo Cano, Rodrigo Lara Bonilla y Luis Carlos Galán, lo habían denunciado públicamente pero nada lograba desaparecer esa cínica sonrisa del que tiempo después sería considerado el gran capo de capos en Colombia, un país en el que paradójicamente han existido muchos capos. Unos caen y surgen otros. Llegan con mayor sevicia y peligrosidad, pero como don Pablo, ninguno.

Unos años después los colombianos aprendimos la lección. La Constitución de 1991, que tanto ha sido manoseada por muchos, eliminó esa inmunidad y permitió que los delitos cometidos por los representantes a la cámara y por los senadores, pudieran ser investigados por la Corte Suprema de Justicia, institución que puede, incluso, ordenar la detención del congresista si lo amerita. Pero dice el refrán popular: “vaca ladrona no olvida el portillo”. Desde entonces, se ha intentado restaurar, y con insistencia, la inmunidad parlamentaria, que no es otra cosa que evitar que los congresistas sean detenidos sin importar los delitos que puedan cometer.

El ultimo intento, y que debería preocuparnos, corre por cuenta del Centro Democrático, el partido hecho a la medida del expresidente y senador Álvaro Uribe Vélez. ¿Grave? No. Gravísimo. Si la sonrisa de Pablo Escobar era cínica, lo es mucho más que un grupo de congresistas, con buenas o malas intenciones, trate de modificar la Constitución de 1991 para permitir este exabrupto.

El proyecto de reforma política del CD propone, en su artículo 10, modificar el artículo 186 de la Constitución. Dice: “ningún miembro del Congreso podrá ser aprehendido ni llamado a juicio sin permiso de la Cámara a que pertenezca, durante el período constitucional”. Una alcahuetería para quien desde el congreso, o antes o después, pueda cometer algún delito. Esto en palabas simples significa que, de ser aprobado, cualquier autoridad que vaya a capturar a un senador debe tener permiso del Senado, o de la Cámara si es a un representante. ¿Se imaginan ustedes a los congresistas dando permiso para que otro congresista sea detenido? Yo no.

Lo que no podemos olvidar los colombianos es que el senador Uribe Vélez es hoy investigado por la Corte Suprema de Justicia. Eso sin contar las más de 250 denuncias que tiene en su contra en la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes. ¿Existe un argumento moral o ético que permita explicar una reforma a la justicia hecha, al parecer, a la medida de una persona? Y si no quiere pensar solo en Uribe imagínese qué hubiéramos hecho con la parapolítica y sus más de 50 Honorables Congresistas o con los Ñoños y los Besailes. Seguirían orondos en los pasillos del Congreso.

Bienvenidos al pasado.

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